Código Deontológico del Logoterapeuta

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Código Deontológico del Logoterapeuta

Índice

Profesión

1. La profesión del logoterapeuta

  • El logoterapeuta deberá tener una primera profesión del ámbito de las ciencias humanas o sociales. La logoterapia es complementaria y, por tanto, deberá estar titulado y/o colegiado para el ejercicio de la misma.
  • Todo logoterapeuta se compromete a respetar y cumplir este código como norma de conducta profesional en el ejercicio de la logoterapia en cualquiera de sus modalidades.
  • El logoterapeuta debe tener en cuenta las normas sociales y culturales implícitas y explícitas del contexto en el que ejerce y de la persona o personas a las que atiende, así como las consecuencias de sus actuaciones.
  • El logoterapeuta mantendrá su independencia y rigor profesional, prevaleciendo siempre la salud y el bienestar de la persona por encima de cualquier otro interés (económico, de poder u otros).
  • No realizará ni contribuirá a prácticas que atenten a la integridad física y/o psíquica de las personas (abuso, tortura, maltrato, crueldad, vejación…). Si es testigo o sospecha de dichos actos, actuará e informará a las personas o instituciones competentes.
  • No antepondrá sus intereses económicos o comerciales al bienestar, libertad, dignidad y autonomía de las personas con las que trabaja. En instituciones públicas no derivará casos a su práctica privada o de personas afines.

2. Competencia profesional del logoterapeuta

  • La competencia profesional requiere formación teórica básica, autoconocimiento, supervisión y formación específica según el ámbito de trabajo.
  • Es responsabilidad del logoterapeuta velar por su salud y autocuidado.

3. Características del acompañamiento logoterapéutico

  • El logoterapeuta respetará la dignidad de la persona y trabajará con su dimensión noética (existencial), interpelando a la libertad y la responsabilidad.
  • El acompañamiento potenciará el desarrollo de la dimensión noética para ampliar el horizonte de valores, facilitar el autodistanciamiento y promover la capacidad decisoria desde la libertad, configurando su vida a pesar de los condicionantes físicos, psíquicos y sociales.
  • El logoterapeuta debe respetar los valores del paciente y no prescribirle sentido.

4. Neutralidad de la visión del mundo del logoterapeuta

  • La logoterapia debe ser independiente de cualquier ideología o creencia religiosa. El logoterapeuta ha de respetar opiniones, valores y creencias de la persona, sin imponer su visión del mundo ni prescribir sentido.
  • No hará discriminación por edad, raza, etnia, cultura, sexo, orientación sexual, credo, ideología, nacionalidad, clase social o cualquier otra diferencia.
  • La logoterapia no se define por técnicas o ideas aisladas, sino por una cosmovisión y antropología global coherentes con el ejercicio profesional.

5. Formación continua del logoterapeuta

  • Es parte del trabajo del logoterapeuta actualizar continuamente su competencia profesional.
  • Durante la formación y la praxis, seguirá un proceso de supervisión individual y/o grupal.
  • Realizará trabajo personal y/o terapéutico continuo a lo largo de la carrera profesional, ajustado a las necesidades vitales y de trabajo, con un psicoterapeuta o logoterapeuta.

Deber

6. Confidencialidad, secreto profesional y protección de datos

  • El logoterapeuta respetará la intimidad de la persona, recabando solo la información necesaria para su labor.
  • En caso de usar información con fines didácticos, comunicativos o de investigación, pedirá consentimiento explícito y nunca revelará datos identificativos.
  • No utilizará la información adquirida en beneficio propio o de terceros, ni en perjuicio del interesado.
  • En situaciones de peligro grave para la persona o terceros, se priorizará la seguridad y la vida humana sobre el secreto profesional.
  • Se compromete a mantener los datos en condiciones de seguridad que eviten accesos no autorizados.

7. Deber de información y de precaución (reserva)

  • Debe informar a organismos competentes sobre violaciones de derechos humanos de las que tenga conocimiento.
  • Debe ser cauto, prudente, claro y crítico ante la información que proporcione a la persona atendida y a otros profesionales.
  • Si la demanda afecta a terceros, debe informarles sobre los objetivos y la identidad del solicitante.

8. Información transparente sobre la calificación profesional

  • El logoterapeuta debe proporcionar información precisa y transparente sobre su calificación, experiencia y ámbito de trabajo.

9. Información sobre posibilidades y límites de los servicios

  • Debe ejercer con autenticidad y coherencia, reconociendo los límites de la logoterapia, del modelo teórico y de sus métodos.
  • Debe detectar cuándo es adecuado trabajar desde este marco y evitar caer en el noologismo.
  • Debe ofrecer información clara y precisa sobre posibilidades y límites del servicio, evitando generar expectativas irreales.
  • No prolongará innecesariamente la intervención y derivará cuando la logoterapia no pueda responder a la demanda.

Funcionamiento

10. Trabajo colegial e interdisciplinario

  • El logoterapeuta acepta que su práctica pueda ser revisada por instituciones reguladoras.
  • Ofrecerá atención integral y estará abierto a la colaboración con otros profesionales cualificados.
  • Debe reconocer cuándo es necesaria la colaboración interdisciplinar y basarla siempre en el respeto mutuo.

11. Investigación científica

  • Adquiere un compromiso de rigor y calidad y colaborará en investigaciones que desarrollen o validen la logoterapia.
  • Toda investigación debe:
    • Respetar los principios éticos y la dignidad de la persona.
    • Proporcionar información detallada a los participantes.
    • Contribuir al bienestar común.
    • Evitar control o manipulación de la sociedad o de las personas.

12. Principios éticos en la formación en logoterapia

  • Los formadores se comprometen a la revisión, actualización y evaluación de contenidos para garantizar su calidad.
  • Los contenidos deben ser coherentes con la logoterapia y especificar si incluyen material de otras escuelas.
  • El logoterapeuta solo podrá ejercer si posee la titulación mínima exigida por asociaciones competentes.

13. Implicación en el ámbito de la salud y las ciencias humanas

  • El logoterapeuta debe ejercer con generosidad, implicándose en su entorno y con la humanidad en general.
  • Su ejercicio debe contribuir a la humanización de las prácticas profesionales mediante su visión antropológica.